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La liquidación del régimen económico matrimonial es un trámite que reparte los bienes de la pareja entre los cónyuges, ya sea por vía judicial amistosa o bien por escritura notarial, así como también puede ser por vía contenciosa. Se lleva a cabo cuando se produce un divorcio, separación legal o fallecimiento de uno de los cónyuges. También se puede llevar a cabo cuando los cónyuges de mutuo acuerdo deciden cambiar el régimen económico matrimonial redactando capitulaciones matrimoniales.
Para realizar el reparto de bienes, debe hacerse previamente un inventario que compone el activo y el pasivo, posteriormente una liquidación de la sociedad legal de gananciales y finalmente las adjudicaciones correspondientes.